La Audiencia Nacional reconoce que los trabajadores pueden acogerse de manera flexible al permiso de 5 días por cuidado
La Audiencia Nacional (AN) reconoce en sentencia del pasado 12 de septiembre de 2024 que los trabajadores no deben estar obligados a disfrutar de los cinco días retribuidos para cuidar familiares enfermos al día siguiente del hecho causante y que estos podrán acogerse al mismo en función «de sus posibilidades de conciliación y mientras el hecho causante permanezca». «La finalidad del permiso y la realidad del tiempo en el que la norma debe ser aplicada permiten que sean los trabajadores afectados quienes determinen la fecha de inicio en función de sus posibilidades de conciliación y mientras el hecho causante permanezca», se indica en la sentencia. De igual manera, la Audiencia Nacional afirma que si el día en que se produce la enfermedad o el ingreso en el hospital cae en fin de semana o festivo, lo razonable es que los permisos puedan iniciarse el siguiente día laborable. Por otro lado, el Tribunal Supremo en diferentes Sentencias señala que en los permisos retribuidos cortos (no a