El trabajador no tendrá que entregar copia de la baja médica a la empresa a partir de abril


  • La Administración informará por medios electrónicos al empleador, según la nueva normativa
  • A partir del mes de abril la persona trabajadora que se encuentre en situación de incapacidad temporal ya no tendrá que entregar una copia en papel de la baja médica a la empresa, que será informada por medios electrónicos directamente por la administración.
  • Así está previsto en el real decreto publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que entrará en vigor en abril y que será de aplicación a todos los procesos que en ese momento se encuentren en curso y no hayan superado los 365 días de duración.
  • De momento, el facultativo entrega al trabajador una copia en papel de los partes de baja, confirmación y alta médica para que la presente en su empresa en un plazo determinado.
  • "Sin embargo, el grado de desarrollo actual de los sistemas informáticos permite prescindir de la entrega a la persona trabajadora de la copia en papel del parte médico destinada a la empresa", dice la exposición de motivos de la norma.
  • El objetivo es aligerar los trámites en la gestión de la incapacidad temporal, pero también evitar al trabajador "obligaciones burocráticas que, precisamente por estar en incapacidad temporal, pueden resultarle gravosas".
  • "La situación acaecida con motivo de la pandemia derivada del covid-19 aporta más razones para dicho cambio, al haber evidenciado las limitaciones del referido esquema, provocando diferentes incidencias y poniendo de manifiesto la necesidad de modificar los actuales modos de gestión de los procesos de incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración", añade el texto.




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