El Senado da "luz verde" definitiva a la Ley de Interinos


Algesa es una mercantil pública municipal y está sujeta a dos fuentes normativas que le son aplicables, las de Derecho Privado, y las de Derecho Público.

Su remisión al Estatuto de los Trabajadores y al ámbito de la negociación colectiva no significa que las sociedades mercantiles públicas municipales estén eximidas de cualquier mecanismo de control por razón de su naturaleza pública.

A los procesos selectivos a desarrollar por las sociedades públicas, resultan de aplicación los principios de selección establecidos en el art. 55 TREBEP. Obligando en estos procesos el respeto a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

El 22 de diciembre, el Senado ha dado el visto bueno definitivo al proyecto de ley para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Entrando en el contenido de la norma, las Administraciones públicas deberán ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores temporales que están actualmente ocupadas. Los procesos selectivos deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024 y será proceso de concurso-oposición el que dará acceso a estas plazas.

La fase de concurso ponderará un 40% y la experiencia será el elemento determinante en la valoración, mientras que la ley fija que los ejercicios de la fase de oposición podrán considerarse no eliminatorios.

Asimismo, las diferentes Administraciones podrán adaptar el temario y el tipo de pruebas para la estabilización del empleo, según consideren más apropiado para cada ámbito.

Solo los interinos que lleven en su plaza de manera ininterrumpida desde antes de 2016 podrán acceder o quedarse su plaza con 'solo' un concurso de méritos. Es decir, que no tendrán que hacer oposición.

En cambio, todos aquellos que sean interinos desde 2016 no disfrutarán de esta ventaja. Ellos sí tendrán que afrontar una oposición. Con todo, tendrán una valoración en la fase de concurso de un 40% de la puntuación total, y en ella se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate pudiendo no ser eliminatorio el examen que se haga en la oposición. 

Cabe recordar que el personal interino que no supere este proceso selectivo tendrá derecho a una indemnización de veinte días por año trabajado hasta un máximo de doce meses. Estas personas también se incorporarán a una bolsa de empleo específica.

La aplicación de la norma alcanzará a todos los niveles de la Administración, a todas las sociedades mercantiles públicas, a las entidades públicas empresariales, a las fundaciones y los consorcios del sector público, por lo que el proceso de regularización se efectuará en todos esos ámbitos, sin perjuicio de que pueda adecuarse a su normativa específica.

Del mismo modo, tanto el personal funcionario como el laboral, siempre que cumpla las condiciones requeridas, se beneficiará de la estabilización que recoge la ley.

A pesar de esta aprobación, la cuestión podría terminar en los tribunales. Y eso a pesar de que María Jesús Montero, ministra de Hacienda y Función Pública, ya había defendido en el Congreso que "se ha hecho un trabajo por parte de los grupos políticos que han querido acordar el proyecto de ley de estudio de la jurisprudencia de las sentencias del Tribunal Constitucional para evitar la judicialización".

En este sentido, el temor a la judicialización llega desde los propios sindicatos, que en su momento pactaron otra solución a esta cuestión de la temporalidad en el empleo público con el Gobierno. Más concretamente, cuando Miquel Iceta era ministro de Función Pública.





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