Declaración de la Renta 2021


La campaña para presentar la declaración correspondiente al ejercicio 2020 arranca el próximo 7 de abril y finaliza el 30 de junio.

Las fechas a tener en cuenta varían según la forma en la que se quiera hacer la declaración. En concreto, arrancará el 7 de abril para las presentaciones por internet y acabará el 30 de junio. Si se quiere presentar por teléfono o presencialmente hay que esperar hasta el 6 de mayo y el 2 de junio, respectivamente.

Los gastos sindicales, es decir el importe de las cuotas pagadas al sindicato al que estés afiliado, son deducibles en la declaración de la Renta 2020. Las aportaciones anuales realizadas a sindicatos pueden suponer un ahorro de entre el 20 y 35%, según los casos.

Para añadir los pagos a sindicatos, sirven los recibos bancarios como justificantes. Hay que poner la cantidad a deducir en el espacio reservado a “Cuotas satisfechas a sindicatos”  del IRPF dentro del apartado de “Rendimientos del trabajo”.

Recuerda que Hacienda, por defecto, no indica la cantidad abonada a los sindicatos en el borrador.

La casilla en la que se añaden los pagos realizados a sindicatos es la casilla 14: Cuotas satisfechas a sindicatos.

Si llamas por teléfono o solicitas el borrador de la declaración de la renta 2020 (IRPF Campaña año 2021) a través de Internet deberás aportar, además de tu Número de Identificación Fiscal (NIF) y, en su caso, el de tu cónyuge, el importe de la casilla 505 de la declaración de Renta correspondiente al ejercicio 2020.

Ya está disponible en el portal del empleado el certificado de retenciones, aunque Hacienda ya tendrá tus datos, te vale para comprobar si coinciden.
 


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