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Cambios en el permiso de paternidad a partir del 1 de enero

El nuevo permiso se dividirá en dos plazos. En un primer lugar, se recibirán seis semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto o a la resolución judicial o decisión administrativa, en caso de adopción.

Más tarde, en un segundo lugar, las diez semanas restantes se disfrutarán en periodos semanales acumulados, dentro del año siguiente al nacimiento o al dictamen de la adopción. Ahora bien, esta segunda tanda de semanas libres, deberá acordarse con la empresa, que incluso podría forzar a tomar el descanso a tiempo parcial y/o en determinadas fechas.

Es decir, ambos padres disfrutarán de un descanso completo las seis primeras semanas y, una vez finalizado este primer plazo, podrán elegir la mejor fórmula para conciliar su vida profesional con el cuidado de su hijo, hasta alcanzar los 16 meses establecidos. 

El permiso, además, podrá incrementarse una semana para cada progenitor en caso de discapacidad de cada hijo, a partir del segundo. Del mismo modo, tras un parto prematuro y hospitalización superior a siete días, se podrá ampliar el permiso hasta un máximo de trece semanas.

¿Puedo compartir el permiso con mi pareja?

La igualación de las semanas de descanso entre padres y madres, que presenta esta nueva normativa, impide que las parejas puedan cederse días entre sí, al contrario que la ley anterior.

Esto es así para facilitar la equidad entre ambos integrantes de una misma familia, sin ofrecer la opción a que uno de los dos tenga un permiso más largo que el otro.

¿Cuándo tendrá que nacer mi bebé?

Todo permiso por paternidad comienza a partir del día de nacimiento del niño o de la resolución de la adopción. Por lo tanto, para optar a la ampliación, el bebé deberá nacer a partir de las doce de la noche del 1 de enero de 2021.

O lo que es lo mismo, si nace en 2020, el padre tan solo tendrá derecho a las 12 semanas vigentes hasta el final de este año.

¿Qué cuantía me corresponderá?

El importe que se recibirá por este permiso será del 100% de la base reguladora que esté establecida para la prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. Un cobro que se producirá tras la segunda semana del mes siguiente a la solicitud del permiso.

Por su parte, los autónomos tendrán la cuota bonificada en su totalidad durante dicho permiso, pues esta se trata de una renta exenta de retención de IRPF.

Eso sí, esta retribución correrá a cargo de la Seguridad Social durante la toda la baja, pues el novel precepto tiene como consecuencia la eliminación del permiso del que era responsable la empresa.

¿Cómo se solicita el permiso?

Para conseguir esta baja por paternidad o maternidad será necesario estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social y, al mismo tiempo, haber cotizado 80 días dentro de los siete años anteriores a la fecha de inicio del permiso o 360 días a lo largo de la vida laboral.

Una vez cumplidos los requisitos, se tendrá que presentar el informe de paternidad del servicio de salud, la solicitud del permiso remitida a la empresa y el modelo oficial de la diligencia de paternidad. Todo ello junto con la última nómina, una fotocopia del DNI, el libro de familia actualizado y un recibo de la cuenta del banco en la que se desea que se ingrese el dinero.

Fuente: 20minutos


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