Derechos del trabajador en caso de cuarentena por COVID-19

   En las últimas semanas se están haciendo muchos test PCR y es muy previsible que se hagan muchos más cuando terminen las vacaciones, tanto de los estudiantes como de los trabajadores. Al hacerse más tests habrán más casos positivos que darán lugar a ordenes de cuarentena o aislamiento tanto de los casos positivos como de sus contactos más próximos, tanto familiares como laborales.

    El aislamiento o cuarentena es una situación de baja médica pero un poco diferente de las bajas "de toda la vida". En primer lugar porque tienes derecho a la baja médica en cuanto te ordenen el aislamiento o cuarentena. Aunque seas positivo asintomático o incluso aunque te hayan ordenado la cuarentena por ser contacto de un caso positivo pero tú hayas dado negativo. En segundo lugar porque es una baja por contingencias comunes pero que se cobra de la SS como si fuera por contingencias profesionales. Es decir, que cobrarías el 75% desde el primer día hasta el último día de la baja. En el caso de nuestro convenio, según el artículo 37, el trabajador que cause baja como consecuencia de incapacidad temporal transitoria se le abonará el 100% de su salario real durante el citado periodo y mientras dure dicha I.T.

    En la emisión de la baja y del alta no pinta nada la mutua de la empresa. Tanto la baja como el alta te la daría tu médico de cabecera, no la mutua, aunque tenga efectos económicos de baja por contingencias profesionales. La fecha de efecto de la baja será la de la orden de cuarentena, aunque tu médico de cabecera podrá emitir después el parte de baja. A la empresa le tienes que entregar su copia de los partes de forma habitual. A la empresa, que no en la empresa, porque en ningún sitio dice que se hayan de entregar en persona ni en el centro de trabajo o sede o asesoría de la empresa y menos aún en una situación de cuarentena obligatoria.

Fuente: Laboro


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